El sector del reparto está en plena expansión. Si estás pensando en trabajar como repartidor autónomo para plataformas como Glovo, Uber Eats o cualquier empresa de mensajería, necesitas formalizar tu situación legal antes de facturar tu primer servicio. Los trámites pueden parecer complejos, pero con esta guía actualizada a diciembre de 2025 te mostramos exactamente qué hacer, en qué orden y sin errores que puedan costarte sanciones.
Estás obligado a darte de alta como autónomo si vas a realizar una actividad económica de manera personal y habitual con independencia de los ingresos que la actividad genere, según la Seguridad Social española.
Antes de comenzar con tu actividad, debes saber que el proceso implica dos organismos diferentes: Hacienda (Agencia Tributaria) y la Seguridad Social (RETA). Ambos trámites son obligatorios y deben realizarse en un orden específico para evitar complicaciones.
Orden Correcto de los Trámites: Hacienda Primero, RETA Después
Muchos repartidores cometen el error de hacer el alta en el orden incorrecto. La secuencia correcta es:
- Alta en Hacienda: Modelo 036
- Alta en la Seguridad Social: RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos)
Las personas que quieren darse de alta como trabajadores autónomos tienen que realizar estos 2 trámites principales en este orden. ¿Por qué este orden? Porque al darte de alta en Hacienda obtienes tu epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), un dato que necesitarás para completar el alta en la Seguridad Social.
Paso 1: Alta en Hacienda con el Modelo 036
Desde febrero de 2025, el modelo 037 ha desaparecido y todos los autónomos deben utilizar el modelo 036 para comunicar su alta en el censo de empresarios. Esta modificación, recogida en la Orden HAC/1526/2024 publicada en el BOE el 9 de enero de 2025, simplifica el sistema censal.
¿Qué es el Modelo 036?
El modelo 036 es necesario para realizar el alta de autónomo en Hacienda a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Con este documento informas sobre tu actividad económica y tus obligaciones fiscales.
Documentación Necesaria
Antes de comenzar a rellenar el modelo 036, prepara:
- DNI o NIE en vigor
- Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN para presentación telemática
- Fecha prevista de inicio de actividad
- Epígrafe IAE: Para repartidores, el epígrafe es el 849.5 del IAE (servicios de mensajería o recadería)
- Domicilio fiscal donde desarrollarás la actividad
- Cuenta bancaria para domiciliar pagos a Hacienda
Cómo Rellenar el Modelo 036 Paso a Paso
El modelo 036 se divide en varias secciones. Te explicamos las más importantes para repartidores:
Página 1: Datos Identificativos
Introduce tus datos personales completos: nombre, apellidos, NIF, fecha de nacimiento y domicilio fiscal.
Página 2: Causas de Presentación
Marca la casilla «Alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores» si es tu primera vez como autónomo.
Página 3: Actividades Económicas
Este es el apartado crítico. Deberás seleccionar el epígrafe 849.5 del IAE (servicios de mensajería o recadería) para la actividad de repartidor. Puedes buscar el epígrafe correcto en el Buscador de Actividades de la Agencia Tributaria.
Indica también:
- Tipo de actividad: Empresarial
- Fecha de inicio: El día exacto en que comenzarás a facturar
- Domicilio de la actividad: Puede coincidir con tu domicilio fiscal
Página 4: Régimen de IVA
Para repartidores, lo habitual es tributar en Régimen General de IVA. Esto significa que:
- Repercutirás IVA (21%) en tus facturas
- Presentarás el modelo 303 (IVA) cada trimestre
Página 5: Régimen de IRPF
Marca Estimación Directa Simplificada. Este es el régimen más común y adecuado para repartidores, donde:
- Deduces tus gastos reales (combustible, mantenimiento del vehículo, seguros, etc.)
- Presentas el modelo 130 (pago fraccionado de IRPF) cada trimestre
Presentación del Modelo 036
Puedes presentar el modelo 036 de dos formas:
- Online (recomendado): A través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria con certificado digital
- Presencial: En una oficina de Hacienda con cita previa
El alta de autónomo puede tardar entre 24 y 48 horas en procesarse. Una vez presentado, descarga el certificado de situación censal desde la sede electrónica. Este documento acredita que estás dado de alta en Hacienda y lo necesitarás para futuros trámites.
Paso 2: Alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos)
Una vez completado el alta en Hacienda, es momento de inscribirte en la Seguridad Social. El RETA es el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en el que deben estar inscritas todas aquellas personas que realicen de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo.
Plazo para el Alta en RETA
Tienes que solicitar el alta antes de iniciar tu actividad. Puedes presentarla con hasta 60 días de antelación a la fecha de inicio.
Importante: Si solicitas tu alta como trabajador autónomo fuera de plazo, la base de cotización para este periodo será la base mínima del tramo 1 de la tabla general, que en 2025 son 950,98 €/mes.
Documentación Necesaria para el RETA
- DNI o NIE
- Número de Seguridad Social (NUSS): Si no lo tienes, puedes solicitarlo en el mismo trámite
- Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN
- Código CNAE de tu actividad
- Epígrafe IAE (obtenido del modelo 036)
- Previsión de rendimientos netos anuales: Necesaria para calcular tu cuota
- Cuenta bancaria para domiciliar las cuotas mensuales
Cómo Realizar el Alta en RETA Paso a Paso
El alta se tramita a través de Importass, el portal online de la Seguridad Social.
1. Accede a Importass
Entra en Import@ss e identifícate con tu certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
2. Solicita el Alta en Trabajo Autónomo
Busca la opción «Alta en Trabajo Autónomo» y completa el formulario con:
- Fecha de inicio de actividad: La misma que indicaste en Hacienda
- Código CNAE: Corresponde a tu actividad de mensajería
- Epígrafe IAE 849.5
- Previsión de rendimientos netos mensuales: Esta cifra determinará tu base de cotización
3. Elige tu Base de Cotización
Con el nuevo sistema de cotización tendrás que prever el promedio mensual de tus rendimientos netos anuales en el momento de tramitar tu alta. Según el tramo de la tabla general o reducida donde se encuentren, te corresponderá una base de cotización y una cuota a pagar.
A fecha de diciembre de 2025, la cuota mínima para los trabajadores autónomos queda establecida en 200 euros al mes, correspondiente al tramo de ingresos más bajo, con un límite de 670 euros mensuales.
4. Solicita la Tarifa Plana
Atención: Este es el paso más importante para ahorrar durante tu primer año. Las personas que causen alta inicial en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante 2025 podrán solicitar la aplicación de la tarifa plana de 80 euros en el momento de tramitar el alta.
Si no la solicitas en el mismo momento que te das de alta en el RETA, perderás la posibilidad. Marca la casilla de tarifa plana en el formulario de alta (modelo TA.0521).
5. Elige tu Mutua
Debes seleccionar una Mutua Colaboradora con la Seguridad Social que cubrirá tus contingencias profesionales. Esta mutua te atenderá en caso de baja laboral, accidentes o enfermedades profesionales.
6. Domicilia el Pago
Introduce tu cuenta bancaria para que la Seguridad Social cargue automáticamente tu cuota mensual.
Una vez completado el trámite, recibirás un SMS confirmando tu alta en RETA. Puedes descargar tu certificado de alta desde Import@ss.
La Tarifa Plana de 80€: Requisitos y Duración
La tarifa plana es un beneficio fundamental para nuevos autónomos. Veamos en detalle cómo funciona en 2025.
¿Cuánto Pagarás con la Tarifa Plana?
La tarifa plana consiste en el pago de una cuota reducida de 80 € al mes (87,6 € en 2025). La diferencia entre los 80€ nominales y los 87,6€ reales se debe al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que en 2025 es del 0,8% de la base de cotización.
Requisitos para Acceder a la Tarifa Plana
Para beneficiarte de la tarifa plana de autónomos, debes cumplir:
- No haber estado de alta en los 2 años inmediatamente anteriores a la fecha de efecto de la nueva alta, o bien 3 años, en caso de haber disfrutado previamente de esta deducción
- No ser autónomo colaborador
- No tener deudas pendientes con la Seguridad Social y Hacienda
Duración de la Tarifa Plana
La tarifa plana para autónomos ha pasado a ser de 80 euros durante los 12 primeros meses de actividad, independientemente de los ingresos que tenga el trabajador por cuenta propia.
Prórroga de 12 meses adicionales: Una vez que concluye ese periodo, todavía existe la posibilidad de prorrogar el beneficio durante otros 12 meses adicionales, solo si los ingresos derivados de la actividad no han sido superiores al Salario Mínimo Interprofesional fijado en ese momento.
Esto significa que podrías pagar 80€/mes durante hasta 24 meses si tus ingresos son bajos durante el primer año.
¿Puedes Perder la Tarifa Plana?
Sí. No pagar la tarifa plana un mes supone que ese período la Seguridad Social te reclame la cuota entera que te corresponda más un 20% de recargo, y no la tarifa reducida. Es fundamental domiciliar el pago y mantener fondos en tu cuenta.
Obligaciones Fiscales del Repartidor Autónomo

Una vez dado de alta en Hacienda y RETA, debes cumplir con tus obligaciones fiscales trimestrales y anuales.
Declaraciones Trimestrales
Cada trimestre (antes del 20 de abril, julio, octubre y enero) debes presentar:
Modelo 303 – IVA
Si emites facturas a empresas o particulares por la prestación de tus servicios, deberás aplicar el 21% de IVA y presentar declaraciones trimestrales mediante el modelo 303.
En este modelo declaras:
- El IVA repercutido (cobrado a tus clientes)
- El IVA soportado (pagado en tus compras deducibles)
- La diferencia entre ambos (a pagar o a devolver)
Modelo 130 – IRPF
Si tributas en régimen de estimación directa, deberás presentar el modelo 130 cada trimestre. Este modelo sirve para realizar pagos fraccionados del impuesto durante el año.
Calculas el 20% de tus beneficios (ingresos menos gastos) y lo pagas como anticipo del IRPF anual.
Declaraciones Anuales
Modelo 390 – Resumen Anual del IVA
Se presenta en enero del año siguiente y resume todas tus operaciones de IVA del año anterior.
Modelo 100 – Declaración de la Renta
Entre abril y junio presentas la declaración anual de IRPF, donde se regulariza todo lo pagado durante el año con los modelos 130.
Gastos Deducibles para Repartidores
Como repartidor autónomo, puedes deducir numerosos gastos relacionados con tu actividad:
Vehículo y transporte:
- Combustible o electricidad
- Mantenimiento y reparaciones
- Seguro del vehículo
- ITV y tasas municipales
- Amortización del vehículo (si lo compraste para la actividad)
Equipamiento:
- Mochila térmica
- Casco, guantes, chaleco reflectante
- Teléfono móvil y tarifa de datos
- Soporte del móvil
Otros gastos:
- Cuota de autónomos: la mensualidad del RETA es deducible en su totalidad
- Teléfono e Internet: si se usan para la actividad profesional
- Seguros profesionales: responsabilidad civil y accidentes laborales
Es importante llevar un registro detallado de estos gastos y conservar las facturas para justificar las deducciones en caso de una inspección fiscal.
Tabla Resumen: Cuotas de Autónomos 2025 por Tramos de Ingresos
Para que puedas calcular qué cuota pagarás cuando finalice tu tarifa plana, aquí tienes un resumen de las cuotas mensuales en 2025:
| Rendimientos Netos Mensuales | Cuota Mínima Mensual |
|---|---|
| Hasta 670€ | 200€ |
| Entre 670€ y 900€ | 220€ |
| Entre 900€ y 1.166€ | 240€ |
| Entre 1.166€ y 1.300€ | 260€ |
| Entre 1.300€ y 1.500€ | 280€ |
| Entre 1.500€ y 1.700€ | 300€ |
| Más de 6.000€ | 590€ |
Estos importes corresponden a las bases de cotización mínimas de cada tramo. Puedes elegir una base superior dentro de tu tramo para mejorar tus futuras prestaciones.
Importante: Este procedimiento se realiza de forma retroactiva, a través de la Declaración de la Renta. Tras la comprobación, si el autónomo ha cotizado de más, recibirá una devolución. Si ha cotizado de menos, tendrá que pagar la diferencia. Esta es la forma que tiene el sistema de asegurarse que los autónomos paguen exactamente en función de los rendimientos netos reales que han declarado en Hacienda.
Calendario Fiscal 2025: Fechas Clave para Repartidores
Marca estas fechas en tu calendario para evitar sanciones:
Enero (hasta el 30):
- Modelo 303 (IVA 4T 2024)
- Modelo 130 (IRPF 4T 2024)
Enero (hasta el 31):
- Modelo 390 (Resumen anual IVA)
Abril (hasta el 20):
- Modelo 303 (IVA 1T 2025)
- Modelo 130 (IRPF 1T 2025)
Abril-Junio:
- Declaración de la Renta (Modelo 100)
Julio (hasta el 20):
- Modelo 303 (IVA 2T 2025)
- Modelo 130 (IRPF 2T 2025)
Octubre (hasta el 20):
- Modelo 303 (IVA 3T 2025)
- Modelo 130 (IRPF 3T 2025)
No cumplir con el calendario fiscal 2025 puede costar entre un 50% y 150% del importe adeudado. Por ejemplo, no presentar el Modelo 303 a tiempo implica multas desde 200€.
Errores Comunes al Darse de Alta y Cómo Evitarlos
El 80% de las altas de autónomo en Hacienda hechas sin ayuda profesional incluyen errores. Estos son los más frecuentes:
1. No Solicitar la Tarifa Plana en el Momento del Alta
Es el error más costoso. Si olvidas marcar la casilla de tarifa plana, pagarás la cuota completa desde el primer mes y no podrás recuperar el beneficio.
2. Elegir el Epígrafe IAE Incorrecto
Un epígrafe equivocado puede generar problemas fiscales. Para repartidores, siempre es el 849.5.
3. Iniciar la Actividad Antes del Alta
Si facturas antes de estar dado de alta, puedes recibir sanciones y perder bonificaciones. Además, la Seguridad Social puede hacer un alta de oficio retroactiva con la base máxima.
4. No Indicar Correctamente los Rendimientos Estimados
Una estimación errónea de tus ingresos puede hacer que pagues más o menos cuota de la debida, con regularizaciones posteriores.
5. No Conservar Justificantes
Guarda siempre los certificados de alta de Hacienda y RETA. Los necesitarás para gestiones futuras.
Cuota Cero: Bonificaciones Autonómicas Adicionales

Algunas comunidades autónomas como la Comunidad de Madrid, La Rioja, Andalucía, Castilla y León, Canarias, Murcia, Extremadura y Asturias ofrecen una subvención todavía más interesante que la tarifa plana: la cuota cero. Esta tarifa reducida supone que las comunidades asuman el 100% de tus gastos de la Seguridad Social durante tu primer año.
Si resides en alguna de estas comunidades, consulta en tu ayuntamiento o en el portal de emprendimiento autonómico si puedes acceder a esta ayuda adicional.
¿Vale la Pena Contratar una Gestoría?
Aunque el alta en Hacienda y RETA puedes hacerla tú mismo, muchos repartidores optan por contratar una asesoría online. Las ventajas son:
- Evitas errores costosos: Especialmente con el epígrafe IAE y los regímenes fiscales
- Ahorras tiempo: El proceso lo gestiona un profesional en horas
- Asesoramiento continuo: Te orientan sobre deducciones, facturas y declaraciones
- Tranquilidad: Sabes que todo está correctamente tramitado
El coste de una gestoría para autónomos ronda entre 40€ y 80€ mensuales, e incluye:
- Alta en Hacienda y RETA (gratis con muchas asesorías)
- Presentación de modelos trimestrales (303, 130)
- Declaración anual de la Renta
- Software de facturación
- Consultas ilimitadas
Preguntas Frecuentes
¿Puedo trabajar como repartidor sin darme de alta como autónomo?
No. Trabajar sin alta es economía sumergida y conlleva sanciones graves de Hacienda y la Seguridad Social. Las plataformas de reparto requieren que estés dado de alta para poder colaborar con ellas.
¿Cuánto se tarda en completar el alta en Hacienda y RETA?
El proceso completo puede llevarte entre 2 y 5 días hábiles. El alta en Hacienda se procesa en 24-48 horas, y el alta en RETA es prácticamente inmediata si lo haces online, aunque el certificado oficial puede tardar 2-3 días.
¿Puedo darme de alta si soy extranjero?
Sí, siempre que dispongas de NIE válido y autorización de trabajo por cuenta propia. Los trámites son los mismos que para ciudadanos españoles.
¿Qué pasa si me doy de baja y quiero volver a darme de alta?
Puedes darte de baja y de alta cuando quieras, pero al hacerlo no se podrá volver a disfrutar del incentivo de tarifa plana, como mínimo, hasta 36 meses después.
¿Puedo ser repartidor autónomo y trabajar por cuenta ajena al mismo tiempo?
Sí, es la situación de pluriactividad. Cuando eres pluriactivo porque cotizas en dos regímenes de la Seguridad Social (el general, como empleado, y el RETA, como autónomo) tienes derecho a la tarifa plana. Deberás solicitarla en el momento del alta como autónomo.
¿Tengo que facturar con IVA a las plataformas de reparto?
Sí, si trabajas para empresas españolas, tus facturas deben incluir IVA al 21%. Las plataformas te pagarán el importe total (base + IVA), y tú deberás declarar ese IVA trimestralmente.
¿Puedo compatibilizar el alta como autónomo con el paro?
Si se trata de la prestación contributiva de desempleo (no el subsidio), puedes solicitar en el SEPE la compatibilización. Tienes 15 días desde la fecha de alta para hacerlo. Y es compatible durante los primeros 9 meses de actividad.
¿Qué mutua debo elegir?
Las mutuas colaboradoras ofrecen servicios similares. Las más populares son Mutua Madrileña, Fremap, Activa Mutua y Umivale. Investiga cuál tiene oficinas más cercanas a tu domicilio para facilitar gestiones en caso de baja laboral.
¿Cómo puedo optimizar mis gastos deducibles como repartidor autónomo?
Mantén un registro detallado de todos los gastos relacionados con tu actividad: combustible, mantenimiento del vehículo, equipamiento (mochila térmica, casco), seguros profesionales y cuota de autónomos. La documentación clara y organizada te permitirá maximizar tus deducciones en la declaración de la renta y reducir tu base imponible.
¿Cuáles son las sanciones por no cumplir las obligaciones fiscales como repartidor?
Las sanciones varían según el incumplimiento: no presentar el modelo 303 a tiempo implica multas desde 200€ hasta 150% del importe adeudado. Por trabajar sin alta como autónomo, puedes recibir sanciones graves que oscilan entre 300€ y 3.600€. Por fraude fiscal, las penalizaciones pueden ser aún mayores. Consulta con un asesor fiscal sobre tus obligaciones concretas.
Conclusión
Darte de alta como repartidor autónomo en 2025 es un proceso accesible si sigues los pasos correctos. Recuerda: primero Hacienda (modelo 036), después RETA, y no olvides solicitar la tarifa plana en el mismo momento del alta. Con esta guía tienes toda la información oficial y actualizada para empezar tu actividad de forma legal y sin complicaciones.
Próximos pasos recomendados:
- Descarga el modelo 036 desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria para completarlo con tu información específica
- Calcula tu previsión de rendimientos netos anuales para determinar el tramo de cotización que te corresponde en RETA
- Recopila la documentación necesaria (DNI, certificado digital o Cl@ve PIN) antes de iniciar los trámites telemáticos
Si tienes dudas específicas sobre tu situación, consulta con una asesoría especializada en autónomos o contacta directamente con los organismos oficiales:
- Agencia Tributaria: sede.agenciatributaria.gob.es
- Seguridad Social: www.seg-social.es (portal de Import@ss)
- Tu comunidad autónoma: para consultar bonificaciones adicionales como la cuota cero
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**Aviso Legal:** Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal, fiscal, laboral ni profesional de ningún tipo. La información aquí contenida puede no estar actualizada o no aplicar a tu situación particular. Antes de tomar cualquier decisión, te recomendamos consultar con un profesional cualificado. El editor no se hace responsable de las acciones tomadas en base a este contenido.



