Si trabajas como repartidor autónomo para plataformas como Glovo, Uber Eats o cualquier servicio de delivery, seguramente te has preguntado qué es el Modelo 130 y por qué debes presentarlo cada trimestre. A diferencia de los trabajadores por cuenta ajena que tienen retenciones automáticas en su nómina, los autónomos debemos adelantar el IRPF a través de este modelo.
Este artículo está diseñado específicamente para riders que trabajan bajo el régimen de estimación directa. Te explicaremos paso a paso cómo cumplir con esta obligación fiscal, cuándo presentarla, qué gastos puedes deducir y cómo optimizar tu carga tributaria de manera legal.
¿Qué es el Modelo 130 y por qué los riders deben presentarlo?
El modelo 130 es el documento que presentan los autónomos a la AEAT, trimestralmente, con el objetivo de autoliquidar el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas respecto de la actividad que realizan.
Para entenderlo de manera simple: es una declaración trimestral de ingresos, gastos y beneficios por la cual los autónomos van pagando anticipos del 20% a cuenta de su Declaración de la Renta.
¿Quiénes están obligados a presentar el Modelo 130?
Como repartidor autónomo, deberás presentar el Modelo 130 si cumples estas condiciones:
- Estás dado de alta en estimación directa (simplificada o normal). Para el caso de riders, el epígrafe fiscal deberá de ser el 849.5 «Servicios de mensajería, recadería y reparto y manipulación de correspondencia».
- No tienes retenciones suficientes. Aquellos que desarrollen una actividad profesional, a excepción de los que, haciéndolo, hayan aplicado una retención superior al 70% en el IRPF de sus facturas (en el año anterior), están exentos.
- No tributas por módulos. Si estás en estimación objetiva (módulos), deberías presentar el Modelo 131 en su lugar, aunque entendemos que para un rider, económicamente es más barato el régimen de Estimación directa simplificada.
La realidad es que la mayoría de repartidores autónomos tributan en estimación directa simplificada, por lo que el Modelo 130 es una obligación trimestral ineludible.
Plazos de presentación del Modelo 130 en 2025
El Modelo 130 debe presentarse cuatro veces al año, dentro de los 20 días naturales siguientes al final de cada trimestre. A fecha de diciembre de 2025, los plazos son:
- Primer trimestre (enero-marzo): del 1 al 20 de abril
- Segundo trimestre (abril-junio): del 1 al 20 de julio
- Tercer trimestre (julio-septiembre): del 1 al 20 de octubre
- Cuarto trimestre (octubre-diciembre): del 1 al 30 de enero
Es importante destacar que si el último día del periodo coincide con festivo, se aplaza el fin del periodo hasta el siguiente día hábil.
Plazo para domiciliación bancaria
Si prefieres domiciliar el pago, el plazo es más corto: del 1 al 15 de abril, julio y octubre, y del 1 a 27 de enero.
Consecuencias de presentarlo fuera de plazo
Por cada mes que se retrase la presentación de la liquidación o declaración del modelo: 1% fijo más otro 1% adicional por mes. Una vez superados los 12 meses desde final de plazo para presentar el modelo: 15% más intereses.
Si es la Agencia Tributaria quien detecta el incumplimiento, las sanciones pueden alcanzar hasta el 40% del importe dejado de ingresar.
Cómo calcular el Modelo 130: La fórmula para riders
El cálculo del Modelo 130 se basa en una fórmula sencilla pero que debes aplicar correctamente:
Ingresos del trimestre – Gastos deducibles = Rendimiento neto
Rendimiento neto x 20% = Pago fraccionado
Pago fraccionado – Pagos anteriores del año = Cantidad a ingresar
Ejemplo práctico para un rider
Imaginemos que eres un repartidor que trabaja con Uber Eats y Glovo de forma simultánea:
Primer trimestre (enero-marzo 2025):
- Ingresos totales: 4.500€
- Gastos deducibles: 800€ (gasolina, mantenimiento moto, cuota autónomo, seguro)
- Rendimiento neto: 3.700€
- 20% de 3.700€ = 740€ a ingresar
Segundo trimestre (abril-junio 2025):
- Ingresos acumulados (enero-junio): 9.200€
- Gastos acumulados: 1.650€
- Rendimiento neto acumulado: 7.550€
- 20% de 7.550€ = 1.510€
- Menos lo ya pagado en el primer trimestre: 740€
- 770€ a ingresar en el segundo trimestre
Como ves, el Modelo 130 es acumulativo, lo que significa que cada trimestre debes calcular el total del año hasta ese momento y restar lo que ya has pagado.
Gastos deducibles esenciales para repartidores autónomos
Uno de los aspectos más importantes para optimizar tu carga fiscal es conocer qué gastos puedes deducir. Los gastos deducibles incluyen cuotas de autónomos, alquiler del local o vivienda (proporcional si trabajas desde casa), suministros (electricidad, internet, agua, etc., en proporción), vehículos si están justificados para la actividad profesional, material de oficina y equipos informáticos, y dietas y desplazamientos profesionales.
Gastos específicos para riders
- Combustible o electricidad: Si usas moto, coche o bicicleta eléctrica, puedes deducir el 100% del combustible o energía destinado a la actividad.
- Mantenimiento del vehículo: Reparaciones, cambios de aceite, neumáticos, revisiones técnicas.
- Seguro del vehículo: Para poder trabajar como ciclista repartidor es necesario contar con un seguro o póliza de responsabilidad civil. Existen pólizas dirigidas a ciclistas que además incluyen cobertura por daños personales, invalidez, fallecimiento, daños materiales a terceros e incluso robo.
- Cuota de autónomo: Es uno de los gastos más importantes y completamente deducible.
- Equipo de trabajo: Mochila térmica, casco, chaleco reflectante, guantes, ropa de protección, soporte para móvil.
- Teléfono móvil e internet: Proporción del coste destinado a la actividad profesional.
- Amortización del vehículo: Puedes deducir la depreciación del valor del vehículo utilizado para trabajar.
Requisitos para que un gasto sea deducible
Los criterios que Hacienda establece para considerar que un desembolso económico puede ser considerado como gasto deducible son: deben ser gastos vinculados a la actividad económica realizada por el autónomo, o como dice Hacienda, que estén «afectos» a la misma. Debe demostrarse que el gasto es necesario para el desarrollo de la actividad y que no corresponde a la vida privada del/la empresario/a. Deben encontrarse convenientemente justificados mediante las correspondientes facturas.
Estimación directa vs. Módulos: ¿Cuál elegir como rider?
Aunque la mayoría de repartidores trabajan en estimación directa, es importante entender las diferencias con el régimen de módulos.
Estimación Directa Simplificada
La estimación directa es el régimen general por defecto si no puedes o no deseas tributar por módulos. En él, el autónomo declara sus ingresos reales y deduce sus gastos reales, lo que ofrece una tributación más ajustada a la realidad de su actividad.
Ventajas para riders:
- Pagas según tus beneficios reales
- Puedes deducir todos los gastos justificados
- Si tienes pérdidas, no pagas
- Más justo si tus ingresos fluctúan
Desventajas:
- Requiere llevar contabilidad detallada
- Mayor carga administrativa
- Obligación de presentar el Modelo 130 trimestralmente
Estimación Objetiva (Módulos)
Se denomina por módulos porque la forma de pagar el impuesto funciona por tramos. En concreto, Hacienda hace una estimación de los posibles ingresos del negocio dependiendo de sus características, lo que te coloca en un módulo determinado. De esta manera, siempre pagarás una cuota fija que corresponda a ese tramo.
Este epígrafe fiscal permite ejercer la actividad en el régimen de Estimación Objetiva Singular (Modulos), o en el régimen de Estimación Directa Simplificada. Entendemos que para un rider, económicamente es más barato el régimen de Estimación directa simplificada.
¿Por qué la estimación directa es mejor para riders?
Los módulos funcionan bien para negocios con costes fijos y predecibles. Sin embargo, como rider:
- Tus ingresos varían significativamente según las horas trabajadas
- Tienes muchos gastos variables (combustible, mantenimiento)
- El sistema de módulos por sus peculiares características no permite la aplicación de ningún gasto deducible, ni incluso la propia cuota de autónomo
Requisitos para tributar en módulos en 2025
Si aún así consideras los módulos, el régimen de módulos está regulado por la Agencia Tributaria y solo se puede aplicar si se cumplen todos estos requisitos: ingresos anuales por actividad económica no superar los 250.000€ (en el conjunto de tus actividades económicas, excluidas las agrícolas, ganaderas y forestales).
Cómo rellenar el Modelo 130 paso a paso
El modelo 130 se debe cumplimentar en la web de Hacienda, siguiendo estos pasos: Declarante: incluye tu NIF, nombre y apellidos como declarante que eres. Devengo: indica el año al que corresponde la declaración y el periodo trimestral según las abreviaturas 1T, 2T, 3T ó 4T para cada uno de los cuatro trimestres. Liquidación: es donde declaras el impuesto que has de pagar.
Apartado I: Actividades económicas en estimación directa
Este es el apartado que utilizarás como repartidor:
- Casilla 01 – Ingresos: Total de ingresos acumulados desde enero hasta el final del trimestre que declaras.
- Casilla 02 – Gastos: Suma de todos los gastos deducibles del año hasta ese trimestre.
- Casilla 03 – Rendimiento neto: Resultado de restar gastos a ingresos (casilla 01 – casilla 02).
- Casilla 04 – 20% del rendimiento neto: Multiplica el resultado de la casilla 03 por 0,20.
- Casilla 05 – Pagos fraccionados de trimestres anteriores: Lo que ya has ingresado en trimestres previos del mismo año.
- Casilla 07 – Resultado: Casilla 04 – Casilla 05 = cantidad a ingresar este trimestre.
Casilla 13: Reducción especial para rendimientos bajos
La casilla 13 es bastante significativa ya que permite aplicar una minoración por la aplicación de deducciones cuando el rendimiento neto de la actividad económica del ejercicio anterior resultó inferior a 12.000€. En este caso, se puede aplicar una deducción cuyo importe varía según la cantidad de rendimiento obtenido en ese periodo.
Esta reducción puede alcanzar hasta 400€ anuales (100€ por trimestre) si tus rendimientos netos del año anterior fueron inferiores a 12.000€.
Dónde y cómo presentar el Modelo 130
La sede electrónica de la Agencia Tributaria para el Modelo 130 permite a empresarios y profesionales presentar y consultar declaraciones y realizar los pagos fraccionados del IRPF.
Presentación telemática (recomendada)
La presentación se puede realizar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, usando un certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN. Esta opción es la más rápida y cómoda, ya que permite obtener un justificante inmediato y evita desplazamientos.
Presentación en papel
La segunda opción es la presentación presencial, acudiendo a una entidad financiera colaboradora con el modelo 130 impreso. Sin embargo, este método solo está disponible si el pago se realiza en ventanilla, ya que la domiciliación bancaria solo es posible mediante la presentación telemática.
Obligaciones fiscales adicionales para riders autónomos
Además del Modelo 130, como repartidor autónomo debes cumplir con otras obligaciones fiscales:
Modelo 303: IVA trimestral
Los repartidores autónomos deberán presentar trimestralmente las declaraciones de IVA (modelo 303) e IRPF (modelo 130 o 131, dependiendo del régimen de estimación). Como repartidor de Glovo estás sujeto al 21% el tipo general.
Modelo 036/037: Alta censal
Para comenzar a trabajar como rider, deberás darte de alta en Hacienda presentando el modelo 036 o 037 y seleccionando el epígrafe 849.5 del IAE (servicios de mensajería o recadería).
Declaración de la Renta (Modelo 100)
Al final del año, deberás incluir todos tus ingresos y gastos en la declaración anual del IRPF. Los pagos fraccionados del Modelo 130 se descontarán del importe final a pagar.
Contexto legal: Situación de los riders autónomos en 2025
Es importante entender el contexto legal actual. La Ley Rider entró en vigor el 12 de agosto de 2021 con el objetivo de garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de las plataformas digitales.
Esta ley regula la relación entre repartidores y empresas, obligando a estas últimas a laboralizar a todos sus trabajadores que antes se podían categorizar como «falsos autónomos» o TRADE. Por esta ley, los riders pasarían de ser autónomos a asalariados, es decir, trabajadores por cuenta ajena, cotizando así en el Régimen General, no en el RETA.
Sin embargo, a fecha de diciembre de 2025, todavía existen riders que operan como autónomos en algunas plataformas. Si trabajas bajo esta figura, es fundamental que cumplas con todas tus obligaciones fiscales para evitar sanciones.
Checklist trimestral para riders autónomos
Para no olvidar ninguna obligación fiscal, sigue esta lista cada trimestre:
Antes del día 20 (o 30 en enero):
- Recopilar todas las facturas de ingresos del trimestre
- Reunir todas las facturas de gastos deducibles
- Calcular el rendimiento neto acumulado del año
- Rellenar el Modelo 130 en la web de la Agencia Tributaria
- Presentar el Modelo 303 del IVA
- Verificar que los pagos se han domiciliado correctamente o pagar manualmente
Contabilidad diaria:
- Registrar cada reparto y su ingreso asociado
- Guardar tickets de combustible y gastos del vehículo
- Archivar facturas de mantenimiento y reparaciones
- Documentar gastos de seguros y equipamiento
Herramientas útiles para gestionar tu fiscalidad
Llevar la contabilidad como rider puede ser complejo si no usas las herramientas adecuadas:
- Hojas de cálculo personalizadas: Crea un Excel o Google Sheets con columnas para fecha, concepto, ingresos, gastos y categoría.
- Apps de facturación: Programas como Holded, Quipu o Facturas ayudan a automatizar el proceso.
- Asesoría fiscal especializada: Especialmente útil si tus ingresos son irregulares o trabajas con múltiples plataformas.
- App de la Agencia Tributaria: Permite consultar tus declaraciones, descargar certificados y presentar modelos desde el móvil.
Errores comunes al presentar el Modelo 130 (y cómo evitarlos)
- No considerar el carácter acumulativo: Recuerda que cada trimestre debes calcular el total desde enero, no solo los tres meses actuales.
- Olvidar restar los pagos anteriores: En la casilla 05 debes incluir lo que ya has pagado en trimestres previos del mismo año.
- No deducir gastos justificados: Muchos riders pagan de más por desconocer qué gastos pueden deducir legalmente.
- Presentar fuera de plazo: Las sanciones e intereses pueden ser significativas. Marca los plazos en tu calendario.
- No conservar facturas: Hacienda puede requerir justificantes de gastos hasta 4 años después. Guarda toda la documentación.
- Confundir el Modelo 130 con el 131: Si tributas en estimación directa, debes presentar el 130, no el 131 (que es para módulos).
Preguntas Frecuentes sobre el Modelo 130 para riders
¿Puedo presentar el Modelo 130 sin ingresos en un trimestre?
Sí, debes presentarlo igualmente. Si un trimestre no tienes ingresos ni gastos, porque tu actividad ha estado parada, debes presentar el modelo 130. Esto se debe a que el modelo 130, como te mostraremos más adelante, es una declaración acumulativa. Ignorar esta obligación puede resultar en sanciones por incumplimiento.
¿Qué pasa si trabajo para varias plataformas simultáneamente (Glovo, Uber Eats, etc.)?
Debes sumar todos los ingresos de todas las plataformas (Glovo, Uber Eats, etc.) en tu Modelo 130 para calcular el modelo 130 rider correctamente. Es un único documento que engloba toda tu actividad económica como autónomo. Los gastos también deben incluirse de manera agregada, considerando la proporción dedicada a cada actividad si es necesario.
¿Puedo deducir el 100% del combustible si también uso la moto para uso personal?
Solo puedes deducir la proporción del vehículo destinada a la actividad profesional. Si usas la moto exclusivamente para trabajar, puedes deducir el 100%. Si la usas también personalmente, debes calcular el porcentaje de uso profesional (por ejemplo, si trabajas el 80% del tiempo y usas la moto para viajes personales el 20%, solo puedes deducir el 80% del combustible).
¿Cuánto tiempo debo guardar las facturas y justificantes de gastos?
La Ley General Tributaria establece que debes conservar la documentación durante al menos 4 años desde la fecha de presentación de la declaración. Esto incluye tickets de combustible, facturas de reparación, recibos de seguros, y cualquier otro comprobante de gastos deducibles. Organiza tus archivos de forma clara para facilitar posibles inspecciones.
¿Es mejor contratar una gestoría o rellenar el Modelo 130 yo mismo?
Depende de tu volumen de actividad y conocimientos fiscales. Si tus ingresos son bajos y constantes, puedes rellenar el modelo 130 tú mismo siguiendo esta guía. Si trabajas con múltiples plataformas, tienes muchos gastos variables o no te sientes seguro en fiscalidad, una gestoría especializada puede optimizar tu tributación y evitar errores costosos que generen sanciones.
¿Qué diferencia hay entre el IRPF del 7% y el 15% en las facturas?
El porcentaje de IRPF para los nuevos autónomos es del 7%, mientras que para los demás es del 15%. Los repartidores de Glovo tributan en el IRPF al tipo general del 15%, pero es cierto que los nuevos autónomos tienen una bonificación y tributan al 7% solamente. Esta retención solo aplica cuando facturas a empresas, no afecta al Modelo 130 que siempre calcula el 20% sobre el rendimiento neto.
¿Cómo determino si estoy en estimación directa o módulos?
Cuando te diste de alta como autónomo, debiste elegir un régimen de tributación. Puedes verificar tu situación actual consultando tu documento de alta (modelo 036 o 037) o contactando con la Agencia Tributaria. Si presentas Modelo 130, significa que estás en estimación directa. Si tribuyeras por módulos, presentarías el Modelo 131.
Acciones siguientes para optimizar tu fiscalidad como rider
Organiza tu documentación fiscal ahora: Descarga una plantilla de gastos deducibles para riders y comienza a registrar diariamente tus ingresos y gastos. Esto facilitará enormemente tus cálculos trimestrales y reducirá el riesgo de errores.
Consulta tus plazos de presentación: Marca en tu calendario los plazos del Modelo 130 para evitar presentaciones fuera de plazo. Recuerda: 20 días después de cada trimestre (o 30 de enero para el 4T).
Revisa tu régimen fiscal actual: Si aún no sabes si tributas en estimación directa o módulos, contacta con la Agencia Tributaria o un asesor fiscal para confirmar tu situación y optimizar tu elección tributaria.
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